Cómo facturar como veterinario autónomo en 2026
En resumen: como veterinario autónomo en España puedes tomar como referencia el IAE Sección 2 — Veterinarios (grupo 013), un tratamiento de IVA como 21% general; revisar posibles tipos reducidos en servicios ganaderos concretos y esta referencia de IRPF: 15% general si procede retención; 7% en inicio si se cumplen requisitos y se comunica al pagador. Puedes crear un PDF de factura gratis y sin registro; para cumplir el Reglamento SIF/VERI*FACTU cuando estés obligado, usa un sistema de facturación adaptado.
Estas referencias son orientativas y están pensadas para detectar el caso más frecuente. Confirma siempre el alta censal, el tipo de IVA y la retención aplicable según tu operación concreta, territorio, cliente y régimen fiscal.
A diferencia de la sanidad humana, la asistencia veterinaria no queda cubierta por la exención sanitaria general; combinas consultas, urgencias y venta de medicamentos y pienso.
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Epígrafe IAE
Sección 2 — Veterinarios (grupo 013)
IVA orientativo
21% general; revisar posibles tipos reducidos en servicios ganaderos concretos
IRPF orientativo
15% general si procede retención; 7% en inicio si se cumplen requisitos y se comunica al pagador
Dato del sector
Los servicios veterinarios tributan por regla general al IVA general; en trabajos vinculados a explotaciones ganaderas conviene verificar el tipo antes de emitir la factura.
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Fuentes y criterio fiscal
Las referencias de IVA, IRPF, factura simplificada e IAE se han redactado con criterio conservador a partir de fuentes oficiales como la Agencia Tributaria y el BOE. Úsalas como punto de partida: el tratamiento final depende de la operación, del cliente, del régimen fiscal, del territorio y de cómo hayas declarado tu actividad en el modelo 036/037.
Qué factura un veterinario autónomo
Estos son conceptos frecuentes que aparecen en las facturas del sector. Cada línea de la factura debería reflejar claramente el servicio o producto vendido, la base, el tratamiento de IVA aplicable y — si procede — la retención de IRPF.
- Consultas y revisiones
- Vacunaciones y desparasitaciones
- Cirugías y urgencias
- Venta de medicamentos y pienso
- Servicios sobre ganado (revisar IVA aplicable)
Plantilla de factura para veterinarios
Una factura profesional para veterinario autónomo debería incluir los datos exigidos por el Reglamento de Facturación y la normativa fiscal aplicable a la operación. Este es un ejemplo de concepto frecuente:
Concepto de ejemplo
Consulta veterinaria y vacunación
Tarifa frecuente: Por consulta + tratamientos
Datos que normalmente debes revisar:
- • Número y serie de factura
- • Fecha de expedición
- • Datos del emisor (nombre, NIF, dirección)
- • Datos del destinatario (si es factura completa)
- • Descripción del concepto
- • Base imponible, tipo/cuota de IVA o mención de exención/no sujeción/inversión cuando proceda
- • Retención IRPF si procede (según caso)
- • Total a pagar
VERI*FACTU para veterinarios autónomos
Desde el 1 de julio de 2027 los autónomos personas físicas dentro del ámbito del RD 1007/2023 que usen sistemas informáticos de facturación deberán tenerlos adaptados. Factuo está orientada a trabajar con el flujo VERI*FACTU mediante proveedor técnico: registros de facturación, QR fiscal cuando corresponda y tramitación de la remisión a la AEAT en esa modalidad cuando el flujo se complete correctamente.
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Preguntas frecuentes sobre facturar como veterinario
- ¿Qué IVA aplico en mis facturas como veterinario?
- Como referencia para veterinario autónomo, el tratamiento de IVA suele ser: 21% general; revisar posibles tipos reducidos en servicios ganaderos concretos. Debes confirmarlo por operación, cliente, territorio y posible exención. Solo puede emitirse factura simplificada en los supuestos previstos por el Reglamento de Facturación: hasta 400 € IVA incluido, facturas rectificativas o determinadas operaciones hasta 3.000 €. Si facturas a una empresa o a otro autónomo, normalmente necesitarás factura completa con los datos fiscales del destinatario.
- ¿Tengo que retener IRPF en mis facturas como veterinario?
- Depende de la actividad, del pagador y del régimen. Como referencia para veterinario, puede aplicar: 15% general si procede retención; 7% en inicio si se cumplen requisitos y se comunica al pagador. En actividades profesionales puede aplicarse el 7% durante el año de inicio y los dos ejercicios siguientes si cumples los requisitos y lo comunicas al pagador. Las actividades empresariales en estimación directa normalmente no llevan retención salvo supuestos específicos.
- ¿Qué epígrafe del IAE suele usarse como veterinario?
- Una referencia frecuente para veterinario es Sección 2 — Veterinarios (grupo 013). El epígrafe final se declara al darte de alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y debe elegirse según la actividad real, servicios prestados, forma de operar y posibles actividades accesorias.
- ¿Necesito VERI*FACTU como veterinario autónomo?
- Si estás dentro del ámbito del RD 1007/2023 y usas un sistema informático de facturación, desde el 1 de julio de 2027 deberá estar adaptado. VERI*FACTU es una modalidad de cumplimiento con remisión a la AEAT; la modalidad no VERI*FACTU también existe si cumple los requisitos reglamentarios.
- ¿Puedo usar la plantilla de factura de Factuo gratis?
- Sí. El generador de facturas en PDF de Factuo es gratuito y sin registro. Introduces tus datos, los del cliente, los conceptos, el IVA y el IRPF, y descargas un PDF profesional.
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