¿Qué es VERI*FACTU? Guía completa para autónomos y pymes

Todo lo que necesitas saber sobre la modalidad VERI*FACTU y los sistemas informáticos de facturación regulados por la AEAT.

¿Qué es VERI*FACTU?

VERI*FACTU es el nombre que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha dado a una de las dos modalidades de cumplimiento del Real Decreto 1007/2023, que regula los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación.

En la modalidad VERI*FACTU, el software de facturación envía los registros de facturación a la AEAT mediante el flujo técnico habilitado. La otra modalidad, denominada Sistema Informático de Facturación (SIF) no VERI*FACTU, permite conservar los registros en local, pero debe cumplir igualmente los requisitos técnicos del reglamento: huella o hash encadenado, integridad, trazabilidad, registro de eventos y firma electrónica de los registros. Los sistemas VERI*FACTU quedan exceptuados de esa obligación de firma y usan la huella/hash.

Es importante aclarar un punto que genera confusión: el RD 1007/2023 es obligatorio para quienes estén dentro de su ámbito de aplicación y utilicen sistemas informáticos de facturación. Lo que no es obligatorio es elegir la modalidad VERI*FACTU frente a la modalidad SIF no VERI*FACTU. La modalidad VERI*FACTU simplifica la remisión de registros a la AEAT, pero no es la única forma reglamentaria de cumplir.

¿Quién está obligado?

El RD 1007/2023 afecta, con matices y exclusiones, a empresarios y profesionales que utilicen sistemas informáticos para expedir facturas y estén incluidos en su ámbito subjetivo. Puede incluir:

  • Autónomos (trabajadores por cuenta propia)
  • Sociedades limitadas (SL)
  • Sociedades anónimas (SA)
  • Cooperativas
  • Comunidades de bienes
  • Cualquier otra forma jurídica que realice actividades económicas y expida facturas

Quedan fuera o tienen reglas propias determinados supuestos previstos en el reglamento y en la normativa de facturación. Por ejemplo:

  • Los obligados al Suministro Inmediato de Información (SII) respecto de las operaciones cubiertas por ese sistema.
  • Operaciones o facturas para las que el Reglamento de Obligaciones de Facturación no exige expedición de factura.
  • Territorios forales con sistemas propios, como TicketBAI, en el ámbito en que resulten aplicables.

¿Cuándo entra en vigor?

El RD 1007/2023, en su redacción consolidada vigente en mayo de 2026, distingue entre productores de software y obligados tributarios. Los productores y comercializadores deben ofrecer sus sistemas plenamente adaptados en el plazo previsto desde la entrada en vigor de la orden técnica correspondiente.

En cuanto a los obligados tributarios (autónomos, empresas, profesionales), las fechas oficiales actuales son: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios del artículo 3.1 del Reglamento, incluidos autónomos en IRPF que desarrollen actividades económicas.

En cualquier caso, lo recomendable es empezar a utilizar software adaptado cuanto antes, tanto para evitar sorpresas como para familiarizarse con el nuevo sistema.

¿Qué implica para tu software de facturación?

El RD 1007/2023 impone requisitos técnicos concretos al software que utilices para emitir facturas. En concreto, tu programa de facturación debe:

  1. Generar registros de facturación con un formato estandarizado que incluya todos los datos fiscales de cada factura.
  2. Encadenar cada registro con una huella o hash: cada factura queda vinculada a la anterior mediante una cadena que ayuda a garantizar la integridad y la inalterabilidad de los datos.
  3. Firmar los registros si el sistema no es VERI*FACTU: en SIF no VERI*FACTU, los registros deben firmarse electrónicamente conforme al reglamento y la orden técnica.
  4. Enviar los registros a la AEAT si se usa la modalidad VERI*FACTU, o conservarlos localmente con todas las garantías técnicas si se usa un SIF no VERI*FACTU.
  5. Incluir un código QR y, en su caso, la frase exigida por la normativa en las facturas emitidas por el sistema.

Las dos modalidades de cumplimiento son:

  • VERI*FACTU: el software remite los registros de facturación a la AEAT mediante el flujo técnico aplicable tras la expedición de cada factura. Es la modalidad que ofrece mayor transparencia.
  • SIF no VERI*FACTU: los registros se generan y conservan en el sistema del contribuyente, pero deben cumplir igualmente todos los requisitos de integridad, hash encadenado y controles equivalentes. La AEAT puede requerir los registros en una comprobación.

¿Qué es el código QR?

Las facturas expedidas mediante SIF dentro del ámbito del reglamento deben incorporar los elementos adicionales exigidos: QR en papel o imagen digital; en factura electrónica estructurada, la URL contenida en el QR como campo independiente, sin necesidad de incluir el propio QR gráfico.

El QR enlaza con la sede electrónica de la AEAT. El receptor de la factura puede remitir voluntariamente a la AEAT la información contenida en el código y, si la factura es VERI*FACTU, comprobar que fue remitida por el emisor.

En la modalidad VERI*FACTU, la AEAT puede contrastar que el registro ha sido remitido. En la modalidad SIF no VERI*FACTU, el QR también debe estar presente, pero la consulta no equivale por sí sola a que la factura haya sido remitida previamente a la AEAT.

Multas y sanciones

El régimen sancionador está en la Ley General Tributaria, no en el RD 1007/2023. El artículo 201 bis prevé, entre otras, estas sanciones:

  • Multa fija de 50.000 euros por ejercicio por la tenencia de sistemas o programas que no cumplan los requisitos cuando estén obligados, o por alterar dispositivos o sistemas.
  • Multa fija de 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo distinto de sistema para fabricantes, productores o comercializadores de software que permita doble contabilidad, ocultación, alteración o incumplimiento de los requisitos legales.

Esto significa que como autónomo o empresa, no basta con delegar la responsabilidad en tu proveedor de software: tú también debes comprobar que el sistema que usas está dentro de los requisitos aplicables a tu caso.

Cómo preparar el flujo con Factuo

Factuo es una aplicación de facturación diseñada para ayudar a autónomos y pymes a trabajar con los requisitos del RD 1007/2023 de la forma más sencilla posible.

  • Factuo se integra con Verifacti como proveedor técnico especializado para la remisión de los registros de facturación a la AEAT.
  • En modalidad VERI*FACTU, cada registro de facturación se remite a la AEAT mediante el proveedor técnico integrado y el flujo correspondiente.
  • Las facturas expedidas dentro del ámbito del reglamento incluyen el código QR fiscal cuando corresponde.
  • Los registros de facturación se generan con huella encadenada para preservar la integridad de la cadena.

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