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Persona revisando documentos y facturas en un escritorio

Software SIF obligatorio 2027 y factura electrónica B2B: calendario y qué hacer

Si tienes un taller en Talavera y facturas a mano, una tienda en Albacete con tiques en papel o una empresa de reformas en Guadalajara, esto te interesa. A partir de julio de 2027 todos los autónomos en España que estén dentro del ámbito del RD 1007/2023 y usen sistemas informáticos de facturación tendrán que trabajar con software adaptado. Te explicamos el calendario, qué implica y los pasos concretos para prepararte.

¿Qué significa facturación electrónica obligatoria?

En resumen: hay dos cambios distintos. Por un lado, la factura electrónica B2B será obligatoria entre empresarios y profesionales cuando se active el calendario del RD 238/2026. Por otro, los sistemas informáticos de facturación sujetos al RD 1007/2023 deberán cumplir requisitos de integridad, trazabilidad y QR.

Esto viene de dos normas que trabajan juntas:

  • Ley Crea y Crece (Ley 18/2022): Establece que la factura electrónica será obligatoria en relaciones B2B dentro del ámbito territorial y subjetivo del reglamento, con excepciones y calendario de aplicación propio. Su objetivo es reducir la morosidad y mejorar la trazabilidad.
  • Real Decreto 1007/2023: Define los requisitos técnicos que debe cumplir el software de facturación. Incluye huella encadenada, trazabilidad, código QR fiscal cuando proceda y la remisión continuada de registros a la AEAT si eliges VERI*FACTU. En la modalidad no VERI*FACTU, los registros deben conservarse y firmarse electrónicamente conforme al reglamento.

La combinación de ambas normas significa que tu programa de facturación tendrá que distinguir entre factura electrónica B2B y cumplimiento del sistema informático de facturación. VERI*FACTU implica remisión automática de registros a la AEAT; un SIF no VERI*FACTU también puede ser válido si cumple los requisitos reglamentarios.

Calendario: fechas clave

No todos los obligados tienen la misma fecha límite. El calendario se ha diseñado en dos fases:

1 de enero de 2027 — Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades

Sociedades y entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas informáticos de facturación adaptados al RD 1007/2023 antes de esta fecha.

1 de julio de 2027 — Autónomos personas físicas

Autónomos personas físicas que estén dentro del ámbito del RD 1007/2023. No hay excepción general por volumen, pero sí deben revisarse las exclusiones del propio reglamento y las operaciones no sujetas a obligación de facturar.

Si eres autónomo persona física en el ámbito del RD 1007/2023, la fecha que te importa es el 1 de julio de 2027. Puede parecer lejos, pero si nunca has usado un programa de facturación, necesitas tiempo para elegir, aprender a usarlo y tener todo listo antes de que entre en vigor.

Reloj sobre documentos, representando plazos fiscales

El calendario no espera: julio de 2027 llega antes de lo que parece.

¿A quién afecta en Castilla-La Mancha?

A una parte relevante de los 151.178 trabajadores autónomos de Castilla-La Mancha según la estadística AUT de MITES de abril de 2026, siempre que estén dentro del ámbito del RD 1007/2023 y usen sistemas informáticos de facturación.

Los sectores con más autónomos en CLM son los que más van a notar el cambio:

  • Agricultura y ganadería: Muchos ganaderos y agricultores pueden necesitar revisar cómo emiten sus facturas y si están dentro del ámbito del Reglamento SIF.
  • Construcción y reformas: Fontaneros, electricistas, albañiles. Si haces presupuestos a mano y luego emites facturas con software, conviene preparar el cambio.
  • Comercio minorista: Tiendas, talleres, peluquerías. Cada ticket simplificado que emitas con software también cuenta.
  • Transporte: Transportistas autónomos que facturan a cooperativas o empresas, según el tipo de operación.
  • Hostelería: Bares, restaurantes, casas rurales.

Si quieres ver los datos por provincia, consulta nuestra página de autónomos en CLM con cifras detalladas de Toledo, Ciudad Real, Albacete, Cuenca y Guadalajara.

¿Qué necesitas hacer? 4 pasos concretos

No hace falta que seas informático ni que contrates a nadie. Esto es lo que tienes que hacer, paso a paso:

  1. Elige un software de facturación compatible. Tiene que cumplir el RD 1007/2023. Busca uno que esté preparado para VERI*FACTU y que no te complique la vida. Con Factuo puedes empezar gratis y configurar el flujo guiado.
  2. Registra tu NIF en el sistema. El flujo VERI*FACTU necesita tus datos fiscales correctos y, cuando proceda, los pasos de autorización o representación ante el proveedor técnico integrado.
  3. Empieza a facturar con el software ya. No esperes a que te afecte. Si empiezas ahora, cuando llegue julio de 2027 ya dominarás la herramienta y tendrás un histórico limpio.
  4. Conserva tus facturas anteriores. Las facturas emitidas antes de la obligación no necesitan pasar por el nuevo sistema, pero debes conservarlas durante el plazo de prescripción tributaria y, si procede, durante los plazos mercantiles aplicables.

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Diferencia entre VERI*FACTU y SIF

El RD 1007/2023 contempla dos formas de cumplir con la norma. Muchos autónomos confunden ambas, así que lo explicamos claro:

  • VERI*FACTU: Tu software remite los registros de facturación a la AEAT mediante el flujo técnico aplicable. Es la opción más transparente porque la conservación fiscal principal queda apoyada en la remisión a la sede electrónica.
  • SIF no VERI*FACTU: Tu software genera los registros de facturación con los requisitos técnicos (huella encadenada, trazabilidad, registro de eventos y firma electrónica de los registros en esta modalidad) pero los conserva en local. Los aportas a Hacienda cuando corresponda en una comprobación o requerimiento.

Ambos son legales. Con VERI*FACTU, el sistema remite los registros de facturación a la AEAT y puede simplificar la operativa de remisión. Con SIF no VERI*FACTU, la responsabilidad de conservar y aportar los registros cuando proceda recae en el obligado tributario.

Factuo utiliza VERI*FACTU porque creemos que es una opción sencilla para un autónomo que quiere reducir carga operativa. Lee nuestra guía completa sobre VERI*FACTU si quieres profundizar.

Pantalla con datos y gráficos de gestión

Con el software adecuado, separar factura electrónica B2B y requisitos del Reglamento SIF es mucho más sencillo.

Sanciones por no cumplir

La Ley General Tributaria ya recoge sanciones específicas para quienes no se adapten. Y no son menores:

  • 50.000 € por ejercicio por la tenencia de sistemas que no cumplan los requisitos cuando estén obligados, o por alterar dispositivos o sistemas.
  • 150.000 € por ejercicio para fabricantes, productores o comercializadores de software de doble uso o no conforme, por cada tipo distinto de sistema.
  • Sanciones al fabricante del software si el programa permite llevar contabilidad B o doble uso. La LGT prevé sanciones específicas para productores y comercializadores.

Evita dejarlo para el final: cuanto antes pruebes un sistema adaptado, menos margen habrá para errores de numeración, conservación o presentación.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatoria la facturación electrónica para autónomos?

Hay dos calendarios. Para sistemas informáticos de facturación sujetos al RD 1007/2023, el 1 de julio de 2027 para autónomos personas físicas; los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades tienen plazo hasta el 1 de enero de 2027. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece se activa según el calendario del RD 238/2026 y sus desarrollos.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word después de 2027?

Si usas un sistema informático de facturación sujeto al RD 1007/2023, a partir de la fecha límite deberá cumplir los requisitos técnicos. Excel y Word no están pensados para garantizar por sí solos integridad, trazabilidad, registro de eventos o QR fiscal conforme al Reglamento.

¿Qué diferencia hay entre VERI*FACTU y SIF?

Ambas son modalidades válidas si cumplen el RD 1007/2023. VERI*FACTU permite la remisión automática de registros a la AEAT según el flujo técnico aplicable. La modalidad no VERI*FACTU conserva los registros en el sistema y debe aplicar los requisitos técnicos exigidos, incluida la firma electrónica de los registros cuando corresponda a esa modalidad.

¿Cuánto cuesta adaptarse a la facturación electrónica?

Depende del software y de tu caso. Con Factuo son 8,99 €/mes con facturas sin límite mensual en Pro y flujo VERI*FACTU mediante proveedor técnico. En muchos autónomos no hace falta hardware especial, pero conviene revisar necesidades de certificado, representación o migración.

¿Me pueden sancionar por usar software no conforme?

Sí. La Ley General Tributaria prevé una multa fija de 50.000 € por ejercicio por tenencia de sistemas que no cumplan los requisitos cuando estén obligados, o por alterar dispositivos o sistemas. Fabricar o comercializar software de doble uso puede sancionarse con 150.000 € por ejercicio y tipo de sistema.

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